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Gran Jurado

Gran Jurado del Condado de Tehama

Los Grandes Jurados son elegidos en todos los condados de California. El artículo I, sección 23 de la Constitución de California establece: "se elegirá y convocará un gran jurado al menos una vez al año en cada condado". 

Dependiendo de la población de un condado, un número específico de ciudadanos que varían de 11 a 23 en cada uno de los 58 condados de California están facultados para investigar e informar sobre diversas actividades del gobierno del condado y de la ciudad.   Las reglas que rigen la composición, la organización, los poderes y los deberes de los grandes jurados en California se encuentran en el Código Penal de California secciones 888 a 939. Los cambios recientes en el Código Penal (sección 904.6, 1991) permiten que cualquier condado tenga un gran jurado adicional a discreción del juez que preside la corte superior.

Las calificaciones para los grandes jurados se describen en el Código Penal sección 893. Esta sección requiere que el posible gran jurado tenga al menos 18 años de edad, esté en posesión de sus facultades mentales y tenga suficiente conocimiento del idioma inglés. En el condado de Tehama, cada gran jurado comienza su mandato el 1.º de julio y finaliza su servicio el 30 de junio del año siguiente.

Cómo está organizado el gran jurado

El presidente del jurado es designado por la corte en la elección; el presidente del jurado facilita las actividades del Gran Jurado.

Cada Gran Jurado decide su propio calendario de reuniones. Se reúne como un órgano completo y en comités, donde ocurre la mayor parte del trabajo. Se pide a cada miembro del jurado que forme parte de dos o tres comités, y las reuniones suelen tener lugar al menos una vez al mes. Además, los miembros del jurado se reúnen con funcionarios del condado y de la ciudad y realizan revisiones independientes sobre asuntos de interés o preocupación. Cada comité informa al Gran Jurado completo.

Las conclusiones se obtienen después del estudio y la discusión de los problemas y pueden aparecer como parte del informe final del Gran Jurado. Para acceder a la información actual del Gran Jurado y al Informe del Gran Jurado, consulte: el sitio web del Condado de Tehama.

Los beneficios de ser un Gran Jurado

Los beneficios de ser parte de un Gran Jurado son muchos y específicos. Existe la satisfacción y el orgullo de hacer un trabajo importante; existe la experiencia de ser miembro de un panel respetado, que tiene la autoridad única de ver el funcionamiento del gobierno local que es evidente para el ciudadano común. Además, brinda la oportunidad de marcar la diferencia en su comunidad.

Quejas ciudadanas

El Gran Jurado recibe quejas con respecto a todos los niveles del gobierno local, desde acusaciones de mala conducta por parte de funcionarios o empleados públicos hasta ineficiencias en el gobierno local. Cualquier ciudadano puede presentar una queja completando un Grand Jury Complaint Form (Formulario de quejas para el Gran Jurado) o escribiendo una carta al Gran Jurado. Las quejas se tratan de forma confidencial. La dirección postal del Gran Jurado del Condado de Tehama es: P. O. Box 1061, Red Bluff, CA 96080.

Cómo presentar una queja

El Formulario de quejas para el gran jurado del Condado de Tehama se puede obtener de varias formas:

  • A través de este sitio web, haga clic en el enlace adjunto Formulario de quejas para el Gran Jurado
  • Mediante solicitud por correo electrónico a: grandjury@tehamacourt.ca.gov
  • Llamando al (530) 527-3946 y dejando su nombre y dirección para que le envíen un formulario por correo, o puede recoger un formulario en el Juzgado si lo solicita.

Acerca del Gran Jurado

El Gran Jurado está compuesto por 19 miembros de la comunidad. Se selecciona anualmente y su plazo de servicio es de un año. El Gran Jurado tiene una función separada y diferente a la de un jurado y no atiende casos en una sala de audiencias. En cambio, los miembros del jurado revisan e investigan las actividades gubernamentales locales dentro del Condado de Tehama. El Gran Jurado examina los gobiernos del condado y de la ciudad, las escuelas y los distritos especiales para asegurarse de que sus deberes se estén cumpliendo legalmente.

El Gran Jurado está autorizado por ley a:

  • Hacer preguntas sobre el estado y la administración de las cárceles públicas del condado.
  • Investigar e informar sobre las operaciones, las cuentas y los registros de los funcionarios, los departamentos y las funciones del condado.
  • Investigar sobre las denuncias de mala conducta intencional o corrupta de funcionarios públicos.
  • Presentar un informe final de sus hallazgos y recomendaciones al Juez Presidente de la Corte Superior.

Para ser considerado para la nominación, debe cumplir los siguientes requisitos legales:

  • Ser ciudadano estadounidense.
  • Tener al menos 18 años.
  • Ser residente del Condado de Tehama durante al menos un año inmediatamente antes del comienzo de su servicio.
  • Tener inteligencia, buen juicio y buen carácter.
  • Tener conocimientos suficientes del idioma inglés para comunicarse tanto de forma oral como escrita.

Atributos deseables:

  • Buena salud
  • Mente abierta
  • Conocimiento e interés en asuntos del gobierno local y de la comunidad.
  • Habilidad para trabajar productivamente con otros en un entorno grupal donde el respeto y la paciencia son esenciales.
  • Habilidad y experiencia en búsqueda de hechos, técnicas de investigación y redacción de informes.

NO PUEDE SER considerado para la selección si cumple alguna de las siguientes condiciones:

  • Se desempeña como jurado de prueba en cualquier corte del estado de California.
  • Ha servido como Gran Jurado en cualquier Corte de California durante el año anterior.
  • Ha sido condenado por malversación de fondos o por cualquier otro delito grave.
  • Se desempeña como funcionario público electo.

Proceso de solicitud/selección

En abril de cada año, los cuestionarios se envían por correo a personas seleccionadas al azar en todo el condado. Los nombres y direcciones se obtienen del Departamento de Vehículos Motorizados y del Registro de Votantes y Elecciones. En junio, se lleva a cabo un sorteo aleatorio de candidatos calificados en audiencia pública y un nuevo Gran Jurado se reúne para comenzar su año de servicio el 1.º de julio o alrededor de esa fecha.

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