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Derecho familiar y civil

Información general

La División Civil de la corte procesa las acciones presentadas por personas, empresas o partes para recuperar la propiedad, hacer a alguien cumplir un contrato o proteger los derechos personales.

Esta división maneja todos los asuntos civiles, incluyendo el derecho familiar, sucesiones, tutelas, curatelas, compromisos de menores, casos civiles, reclamos menores y adopciones.

La División Civil proporciona información sobre derecho familiar, asistencia de referencia al público, formularios legales y orientación procesal. Los empleados de la corte están disponibles para ayudarlo, pero la ley les prohíbe brindar asesoramiento legal.

El derecho familiar es el término general utilizado para referirse a las diversas acciones relacionadas con las relaciones maritales y las relaciones entre padres e hijos, así como la violencia en el hogar.

Preguntas frecuentes sobre el derecho civil

Los casos civiles involucran una demanda en la que una parte demanda a otra por:

  • recuperar un monto de dinero o propiedad
  • hacer cumplir un contrato
  • cobrar daños y perjuicios por lesiones
  • proteger algunos derechos civiles

Los asuntos civiles incluyen derecho familiar, sucesiones testamentarias, tutelas, custodias, compromisos de menores, civiles, reclamos menores y adopciones.

Las demandas civiles (que no sean familiares, de menores, sucesiones testamentarias, ocupaciones ilegales y casos de acoso civil) generalmente se pueden dividir en tres categorías según el monto de dinero involucrado:

Cuando el monto en dólares es….

Este caso generalmente se llama….

Menos de $10,000 Caso de reclamos menores
Hasta $25,000 Caso civil de jurisdicción limitada
Más de $25,000 Caso civil de jurisdicción ilimitada

Consulte nuestra página web de autoayuda para obtener más información.

Al presentar documentos, debe proporcionar al secretario un original y el número apropiado de copias. El secretario no puede aceptar documentos que no estén engrapados y organizados. Asegúrese de que todos los documentos estén fechados y firmados. Incluya las cuotas de presentación correspondientes (consulte la Lista de cuotas civiles estatales [vigente desde el 1.º de enero de 2020]) o envíe una Application for Waiver of Court Fees and Costs (Solicitud de exención de cuotas y costos de la corte)(consulte también a continuación)

Hay disponibles exenciones de cuotas para demandantes y demandados indigentes. Consulte la Information Sheet on Waiver of Court Fees and Costs (Hoja informativa sobre la exención de cuotas y costos de la corte) para conocer las pautas de elegibilidad para la exención de cuotas.

Puede comparecer en persona en la oficina del secretario para solicitar copias o puede enviar una solicitud de copias por correo a la oficina del secretario. Consulte la información de contacto anterior para conocer la dirección, el teléfono y el horario de atención.

Si solicita copias por correo, escriba una carta especificando qué es lo que desea, junto con el número de caso y el pago. Debe incluir un sobre sellado y dirigido a usted mismo para recibir copias por correo. El tiempo de respuesta suele ser de 1 a 2 días.

Las copias cuestan $0.50 por página (la hoja de doble cara equivale a 2 páginas). Si necesita un documento certificado, el costo es de $40.00 además del precio de la copia. El pago puede realizarse mediante cheque, efectivo, tarjeta de crédito o giro postal.

Para que la corte reciba documentos firmados por fax, deberá pasar por una agencia de presentación por fax; de lo contrario, se requiere el documento firmado original.

Sí, consulte nuestra página de Conferencias de administración de casos para obtener más información.

Preguntas frecuentes sobre derecho familiar

Consulte el sitio web de la Corte de California para obtener información sobre divorcio, separación legal y anulación.

Una disolución sumaria es una forma simplificada de obtener el divorcio. Visite el sitio web de la Corte de California para averiguar si califica para los Requisitos de la Disolución Sumaria.

Una demanda de paternidad establece la paternidad. La acción es presentada por una madre soltera o por un padre soltero que tienen hijos menores juntos. A través de esta acción, la corte determinará la paternidad (o la no paternidad si se determina que el padre no es el padre biológico de los hijos menores) y dictará las órdenes de custodia y régimen de visitas, así como las de manutención de los hijos.

La manutención de los hijos es el monto de dinero que la corte ordena que uno de los padres pague al otro padre cada mes por la manutención de los hijos. California tiene una fórmula (llamada "directriz") para calcular el monto de la manutención de los hijos que se debe pagar en todos los casos. Consulte el sitio web de la Corte de California para obtener más información sobre cómo se calcula la manutención de los hijos.

La custodia legal determina qué padre tomará decisiones sobre la salud, la seguridad, la educación y el bienestar del niño. Si uno de los padres está autorizado a tomar estas decisiones por sí solo, se conoce como custodia legal exclusiva y se denomina custodia legal conjunta si ambos padres conservan esos derechos. Si hay custodia legal compartida, los padres deben cooperar en la toma de decisiones, pero uno de los padres puede tomar las decisiones solo.

La custodia física determina dónde residirá el niño. Si se ordena la custodia física exclusiva, el niño vivirá con uno de los padres y visitará al otro padre.

Una orden de restricción es una orden de la corte emitida para prevenir la repetición de actos de maltrato por parte de un agresor. Según la Ley de Prevención de la Violencia en el Hogar, el maltrato se define como cualquiera de los siguientes:

  • Causar o intentar causar lesiones corporales intencional o imprudentemente.
  • Agresión sexual.
  • Poner a una persona en una aprensión razonable de una lesión corporal grave inminente a esa persona o a otra.
  • Participar en cualquier comportamiento que haya sido o pueda ser prohibido, como abusar sexualmente, atacar, golpear, acechar, amenazar, maltratar, acosar, llamar por teléfono, destruir propiedad personal, comunicarse con el otro por correo o de otra manera, perturbar la paz de la otra parte.

Los actos de maltrato o violencia deben ser recientes y el agresor debe ser un cónyuge, excónyuge, novio o novia, exnovio o exnovia, alguien con quien la víctima tenga o haya tenido una relación de pareja, un miembro de la familia inmediata (madre, padre, suegros, hermanos, hijos adultos) o una persona con quien una de las partes tiene hijos juntos. Consulte el sitio web de la Corte de California para obtener más información sobre las órdenes de restricción por violencia en el hogar.

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