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Tránsito

ANUNCIO

A partir del 2 de mayo de 2016, la Corte Superior de Tehama ya no llevará a cabo el calendario de cargos por delitos menores y tránsito los lunes a la 1:30 p. m., en el Departamento 2.

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La Corte Superior del Condado de Tehama ha lanzado un nuevo servicio. Las personas pueden pagar sus multas de tránsito en línea o llamando al (530) 737-5100.

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Preguntas frecuentes

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La corte enviará por correo una notificación recordatoria. La notificación recordatoria indicará cuánto deberá pagar, la fecha de vencimiento si su violación fue una infracción o la fecha de comparecencia obligatoria programada ante la corte si su infracción fue un delito menor. La notificación también contendrá información sobre la elegibilidad para la escuela de tránsito y cualquier prueba de los requisitos de corrección necesarios para eliminar la citación. Si no recibe su notificación recordatoria dentro de las tres semanas siguientes, llame al número de teléfono que se indica en su multa.

Si su citación es una infracción, la fecha en la parte inferior es la fecha en la que se debe pagar esta citación o debe hacer arreglos para comparecer. Si su citación incluye cualquier infracción de delito menor, debe comparecer ante la corte en esa fecha y hora.

Comuníquese con la corte para conocer sus opciones.

Actualmente aceptamos pagos en efectivo, cheques personales, giros postales, MasterCard, Discover y Visa.

  • La corte solo acepta pagos en dólares.
  • Debe tener su número de expediente para acceder a su cuenta. El número se encuentra en la notificación recordatoria.

Métodos de pago:

  • Pague en persona en la corte.
  • Envíe un cheque a nombre de TCSC (Corte Superior del Condado de Tahoma) e incluya el número de expediente en el cheque. No envíe dinero en efectivo.
  • Pague en línea.
  • Pague por teléfono llamando al (877) 490-0230.
  • Si necesita establecer un plan de pago parcial, comuníquese con la corte antes de enviar un pago. Se requerirá un acuerdo de pago y renuncia a la fianza a plazos Se agregará una cuota administrativa de $35.00 por el procesamiento de cuotas de conformidad con el Código de Vehículos 40510.5(g).

POC significa prueba de corrección. Prueba de corrección (de conformidad con el Código de Vehículos 40610) se refiere a cualquier: (1) problema mecánico, (2) seguro o (3) registro y licencia que deban corregirse para obtener una multa reducida. Si no puede proporcionar pruebas, se le pedirá que pague la fianza total asociada con esa infracción o que comparezca ante la corte.

¿Cómo corrijo las infracciones mecánicas?
La patrulla de carreteras de California (California Highway Patrol, CHP), un alguacil o los departamentos de policía de la ciudad pueden firmar una prueba de correcciones para la mayoría de las infracciones mecánicas en el reverso de la citación. Debe presentar la citación firmada ante la corte y pagar su cuota de transacción.

¿Cómo corrijo las infracciones de seguro?
Si no tenía prueba de responsabilidad financiera (seguro) en el momento en que se emitió la citación, puede pagar el monto total de la fianza por esta infracción, programar una fecha de audiencia o comprar un seguro (prepagado por seis meses) para una reducción de la fianza. Si estaba asegurado en el momento en que se emitió la citación, pero no pudo proporcionar un comprobante del seguro, puede enviar el comprobante por correo o traer su comprobante del seguro a la corte y presentarlo al secretario y pagar su cuota de transacción.

¿Cómo corrijo las infracciones de registro o licencia de conducir?
Si fue citado con una infracción de registro o licencia de conducir y tiene prueba de un registro o licencia de conducir válida del Departamento de Vehículos Motorizados (Department of Motor Vehicles, DMV), puede presentar una copia de su registro o licencia de conducir con la cuota de transacción correspondiente a la corte. Para obtener información sobre el registro comercial, comuníquese con la corte.

Debe comunicarse con la oficina del secretario antes de su comparecencia para hacer los preparativos para los intérpretes, incluido el lenguaje de señas estadounidense.

La fianza adeudada por una citación es el monto de dinero requerido para garantizar su comparecencia ante la corte. Si elige pagar la fianza de la citación sin ir a juicio, se denomina pérdida de la fianza. La citación se considera pagada y la condena resultante se informará en su historial de manejo.

Puede asistir a la escuela de tránsito si se cumplen los siguientes criterios:

  • Si no ha asistido en los últimos 18 meses (desde la fecha de la infracción hasta la fecha de la infracción).
  • Debe tener una licencia de conducir válida.
  • No es elegible para la escuela de tránsito si conducía un vehículo comercial cuando se emitió la citación.
  • La infracción en su multa debe ser una infracción elegible, y si hay alguna infracción corregible en su citación, estas correcciones deben recibirse junto con las cuotas de transacción.

Debe pagar la fianza más una cuota escolar no reembolsable para infractores de tránsito cuando solicite asistir a la escuela de tránsito. Recibirá una carta en la que se le otorgue permiso para asistir a la escuela de tránsito y el aplazamiento de su caso 60 días para que se complete la clase. Busque una escuela para infractores de tránsito en el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV)

de California. Una vez que se reciba el pago, debe presentar una prueba satisfactoria de finalización a la corte antes de la fecha de vencimiento. La citación se informará al DMV y a la escuela de tránsito como una condena confidencial. Si se inscribe en la escuela de tránsito y no presenta el certificado de finalización antes de la fecha de vencimiento, la cuota de la escuela de tránsito que pagó se considerará como fianza y se perderá, y se notificará al DMV de la condena.

Si no puede pagar su citación, puede solicitar a la corte una determinación de la capacidad de pago mediante la presentación de una Petition and Order for Ability-to-Pay Determination (For Use in Traffic Cases only) (Petición y Orden de determinación de la capacidad de pago [solo para uso en casos de tránsito]), Regla Procesal de California (California Rule of Court, CRC) 4.335.

La petición puede presentarse en persona o enviarse por correo a la corte. Al momento de presentar la petición, proporcione a la corte cualquier documentación de respaldo que desee que el funcionario judicial considere al tomar su decisión.

Su petición será revisada por un funcionario judicial y la corte puede:

  1. permitirle realizar pagos a plazos;
  2. completar el servicio comunitario para cubrir su multa;
  3. suspender la multa, en parte o en su totalidad;
  4. programar el asunto para una audiencia; o
  5. denegar la petición.

Una vez que el funcionario judicial haya tomado su determinación, se le notificará por escrito. Espere de 4 a 6 semanas para recibir una respuesta.

Si viola su promesa escrita de comparecer o un aplazamiento legalmente concedido de su promesa de comparecer ante la corte o ante una persona autorizada para recibir un depósito de la fianza, se le puede acusar de un delito menor según la sección 40508a del Código de Vehículos y se le cobrará una tasación civil por un monto de hasta $300 en virtud de la sección 1214.1 del Código Penal. Si el delito subyacente es un delito menor, es posible que también se le emita una orden de arresto. Además, de conformidad con el Código de Vehículos (Vehicle Code, VC) 40509, la corte puede suspender su licencia o registro y asignar su caso a una agencia de cobranzas o al Departamento de Impuestos Estatales de Franquicia para su cobro. El recargo civil, de conformidad con la sección 1214.1 del Código Penal, no será efectivo sino hasta 20 días calendario después de la fecha de vencimiento de sus multas.

Puede solicitar a la corte una revisión de sus circunstancias por no comparecer o no pagar dentro del plazo especificado en su notificación, presentando un formulario de Petición y orden de anulación de la sentencia o reducción de los costos (PC 1214.1) CRC 4.106. La consideración de anular o reducir la sentencia se basará en su declaración de motivo fundado y la documentación de respaldo.

La petición puede presentarse en persona o enviarse por correo a la corte. Al momento de presentar la petición, proporcione a la corte cualquier documentación de respaldo que desee que el funcionario judicial considere al tomar su decisión. Una vez que el funcionario judicial haya tomado su determinación, se le notificará por escrito.

Si sus cargos subyacentes no han sido adjudicados (no se ha encontrado culpabilidad) y la corte ha remitido el caso a un programa de cobranzas integral como se establece en la sección 1463.007(b)(1) como deuda morosa, puede solicitar una comparecencia ante un funcionario judicial mediante la presentación de una solicitud por escrito.

Obtenga más información sobre el Reglamento Procesal de California 4.106.

La corte notifica al DMV que usted no se ha presentado, lo que retiene su licencia de conducir. Esto significa que no podrá renovar su licencia hasta que el problema se haya resuelto. Para desbloquear una retención del DMV, puede pagar en persona con MasterCard, Discover o Visa, en efectivo, giro postal, cheque de caja y la retención del DMV se solucionará de inmediato. Con el pago en línea o por teléfono, se necesitan hasta 48 horas para desbloquear las retenciones del DMV. Si la multa se paga con cheque personal, la retención del DMV no se liberará sino hasta después de 21 días. No envíe dinero en efectivo. La corte solo acepta pagos en dólares.

Un juicio por declaración escrita es donde, en lugar de ir a la corte para un juicio por su citación, usted se declara inocente y presenta una declaración por escrito en un Trial by Declaration form (Formulario de juicio por declaración) en el que explica los hechos de su caso y por qué la corte debe fallar a su favor.

Para obtener formularios adicionales disponibles en el sitio web del Consejo Judicial del Estado de California, haga clic aquí: Formularios del Consejo Judicial.

Si desea declararse no culpable de una citación de tránsito y tener un juicio en la corte con el funcionario presente, puede firmar la notificación recordatoria indicando su solicitud de un juicio en la corte y devolverla a la oficina del secretario con el monto total de la fianza. Será notificado sobre la fecha de juicio. Si no puede pagar la fianza, puede programar una fecha en la corte para comparecer a la lectura de los cargos y declararse no culpable sin pagar la fianza. Debe firmar una promesa por escrito de comparecencia. Su juicio en la corte se fijaría en una fecha y hora futuras.

Cuando un menor (menor de 18 años) recibe una citación, debe comparecer ante la corte si vive dentro del Condado de Tehama. Se enviará una notificación recordatoria al menor y a sus padres que les informa sobre la fecha de comparecencia. Comuníquese con la oficina del secretario al teléfono que se encuentra en la parte inferior de la citación si no recibe la notificación. En la fecha de audiencia, el menor debe comparecer con un padre o tutor legal.

Imprima y complete el Formulario Claim of Wrong Identity Vehicle Code (Reclamación de identificación incorrecta) de la sección 40504 del Código de Vehículos y envíelo a la corte para su revisión. Una vez recibido, un funcionario judicial le asignará una fecha de audiencia y el formulario le será devuelto a la dirección postal proporcionada en el formulario.

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